REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
De conformidad con los nuevos estatutos se les hace llegar los requisitos para socio de nuevo ingreso.
Para ingresar a la Asociación se requiere:
I.- Ser propietario de un mínimo de cinco vacas de raza suizo de cualquier variedad con registro. Y que cumpla con la normatividad vigente en materia zoosanitaria establecida por la SAGARPA.
II.- Dedicarse activamente a la cría y perfeccionamiento de la raza Suizo.
III.- Solicitar su ingreso al Consejo Directivo por medio de un formato, el cual debe ser avalado por dos socios de la zona donde esté ubicado su predio, socios que deberán estar activos y al corriente en sus obligaciones pecuniarias dentro de la Asociación y avalarán que el futuro socio no cuente con antecedentes penales relacionados con delitos contra la propiedad, dicho formato debe contener los siguientes datos:
- Nombre o razón social y domicilio
- Especificar el nombre del representante legal en caso de ser persona moral.
- Nombre del Rancho y Ubicación del mismo.
- Prefijo que usará.
- Región del animal donde tatúa o numera a fuego.
- Región del animal donde coloca el fierro quemador.
- Tipo y cantidad de ganado (americano o europeo)
- Nombre del criador a quien compró el ganado y si es importado o nacional.
- Anexar los certificados ORIGINALES del ganado adquirido para su validación y transferencia (proporcionar facturas de compra si son nacionales y permiso de importación si fueron importados).
- Anexar el diseño del fierro quemador en papel milimétrico en caso de que lo use.
- Anexar copia del CURP (Clave Única de Registro de Población).
- Podrá registrar por única vez animales mayores de dos años, siempre y cuando vengan acompañados de su certificación de ADN.
- Cumplir con el Artículo 74 de la Ley de Organizaciones Ganaderas que a la letra dice: Para el caso de asociaciones, acreditar que sus socios son ganaderos en términos de la Ley y este Reglamento, presentar los títulos legítimos de los vientres y de la posesión de los terrenos, exhibir su padrón de productores certificado por la Delegación de la Secretaría que corresponda y adjuntar la copia certificada del registro de sus fierros.
IV.- Que la solicitud la apruebe provisionalmente el Consejo Directivo y sea ratificada en la siguiente Asamblea General donde se le tome protesta.
V.- Cubrir la cuota de inscripción vigente a la fecha de su ingreso, así como las transferencias del ganado manifestado en dicha solicitud.
Las personas morales deberán acreditar su existencia con los documentos correspondientes, así mismo, por medio de carta-poder debidamente legalizada ante notario público, a las personas físicas que los representen, y los representantes no se considerarán por ese solo hecho como miembros de la Asociación, a menos que demuestren la calidad de socio.
Para poder representar a un socio menor de edad sólo será válido con el mandamiento de un juez.
En el caso donde la membresía aparece e hijos, e hijo, “y”, “y/o” únicamente tendrá voz y voto el titular.